Nacionales. Jueves, 26 de Marzo, 2026
DIARIO ECO/SANTO DOMINGO, RD.- Los abogados defensores de Jefte Rafael Ventura Jiménez, Yan Carlos Martínez Segura y Félix Humberto Portes Núñez rechazaron las medidas coercitivas en su contra impuestas por el Segundo Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de La Altagracia, por presunta difamación e injuria agravada en perjuicio de la empesa Petromóvil, S.A.
Los representantes legales Martínez Segura y Humberto Portes Núñez se opusieron a la decisión del tribunal, quien dictó impedimento de salida del país, garantía económica de RD$1,000,000.00, presentación periódica cada día 30 de mes y una orden de protección dictada de oficio por la jueza –violando el principio de justicia rogada–, sin que ninguna de las partes la hubiera solicitado, la cual prohíbe a Jefte Ventura acercarse a menos de 1,000 metros de cualquier estación de Petromovil S.A, a pesar de que el propio Ministerio Público había retirado su petición de prisión preventiva.
«Esta decisión constituye un atentado grave contra la libertad de prensa, la libertad de expresión, el derecho a la divulgación de información de interés público y la libertad de tránsito», declararon en un comunicado, mismo en el que informaron que procedieron a apelar el dictamen de impedidato ante la instancia correspondiente.
Dijo que Ventura será puesto en libertad en las próximas horas y que más adelante este anunciará una convocatoria a una movilización nacional exigiendo sanciones contra quienes hayan defraudado a la sociedad vendiendo combustibles por debajo de las normas de calidad según las evidencias disponibles, así como mayor transparencia en el alto costo de los combustibles.
«Jefte no se retractará ni se dejará intimidar», reza el documento.
Detalló que en los próximos días se hará de público conocimiento documentos oficiales que acreditan el cierre por parte del Ministerio de Industria y Comercio de una estación de Petromovil y dos intimaciones a dicha marca por “denegaciones de inspección”. Invitaron al país a cerrar filas en apoyo a Jefte Ventura, quien considera que su único “crimen” ha sido defender el bolsillo de todos los dominicanos.
Los juristas expusieron que la resolución judicial ignora por completo los hechos reales y desnaturaliza las pruebas que sustentan las denuncias de nuestro defendido, desnaturalizando los hechos, al tiempo de indicar que Jefte Ventura considera que ha emitido opiniones en base a documentos oficiales emitidos por el propio Ministerio de Industria y Comercio, que certifican incumplimientos en la calidad de los combustibles expendidos por Petromovil S.A. en múltiples estaciones, y otras marcas. Jefte sostiene que denunciar con evidencia oficial en mano no es un delito; es un derecho y un deber ciudadano.
«Particularmente cuestionable resulta la orden de protección dictada de oficio por la magistrada en favor de PETROMOVIL S.A. que le impide a Jefte visitar todas las estaciones; Esta medida es ampliamente irrazonable y viola de manera desproporcionada el derecho fundamental al libre tránsito consagrado en la Constitución Dominicana. El Tribunal Constitucional ha establecido con claridad que este derecho no se limita únicamente a las vías públicas, sino que también comprende los espacios públicos o privados de uso público, como son las estaciones de servicio, establecimientos a los cuales debe poder acceder cualquier ciudadano común (Sentencia TC/0391/18, p. 21). Se ha producido una completa desnaturalización de los hechos, convirtiendo en “delito” lo que constituye una legítima y necesaria fiscalización ciudadana sobre un servicio esencial para el pueblo dominicano. El país es testigo de una injusticia», declararon.
De igual manera, expresaron «si un ciudadano que denuncia con pruebas certificadas por la autoridad competente es judicialmente limitado y estigmatizado, se socava el Estado de Derecho. Esta resolución envía un mensaje sumamente negativo y peligroso a toda la sociedad. Se trata de una censura indirecta que amenaza no solo a Jefte Ventura, sino a cada periodista, comunicador y ciudadano que ejerza su derecho a informar sobre asuntos de interés público».