Nacionales. Lunes, 14 de Julio, 2025
DIARIO ECO/SANTO DOMINGO, RD.- La Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Distrito Nacional, en sentencia No. 034-2025-SCON-00473, declaró nulo, de oficio, el recurso de apelación intentado por el Colegio Dominicano de Periodistas -CDP-, en contra de la sentencia del Juzgado de Paz de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional, No. 064-14-00238, en la cual, ordena la reintegración de la Escuela Turística del Caribe, en el edificio del Colegio Dominicano de Periodistas, ubicado en la Av. George Washington.
La sentencia ordena la entrega de las instalaciones contratadas por la Escuela Turística del Caribe, así como también el desalojo de cualquier persona o institución que esté operando en el edificio del CDP.
Mediante contrato de fecha 10 de septiembre del año 2013, la Escuela Turística del Caribe, representada por su gerente general, el Lic. Marvin Joel Soriano Robles, y el Colegio Dominicano de Periodistas, representado por Aurelio Henríquez, suscribieron un acuerdo de alquiler del área de la azotea, el tercer piso completo, parte del primer nivel y todos los parqueos, para que la escuela de formación turística y hotelera, desarrollara sus programas formativos.
Se recuerda que en fecha 27 de Enero del año 2014, el entonces presidente del Colegio Dominicano de Periodistas, Olivo de León, bloqueo la entrada del personal docente, estudiantes y administrativo al edificio, acción que la juzgadora encontró ilegal, ilegitima y sin fundamento legal, por lo que en la sentencia se ordena la reintegranda de forma inmediata, y condena en costas al CDP y al Sr. Olivo de León.
Por su parte, mediante acto No. 418/2025, el Fiscal Adjunto al Departamento de Fuerza Pública del Distrito Nacional, (Departamento de Ejecuciones Civiles y Auxilio Judicial), notifico el último aviso de entrega voluntaria a Aurelio Henríquez, presidente del CDP, para que voluntariamente, haga entrega de las instalaciones alquiladas por la Escuela Turística del Caribe.
Mediante certificación emitida por la Suprema Corte de Justicia, el secretario General Cesar José García Lucas, en fecha 17 de junio del 2025, certifico como sentencia firme e irrevocablemente juzgada, la emitida por la Cámara Civil y Comercial del Distrito Nacional No. 034-2025-SCON-00473, por lo que se espera su ejecución en los próximos días si el CDP no entrega de forma voluntaria el inmueble.