Nacionales. Miercoles, 20 de Agosto, 2025
DIARIO ECO/SANTO DOMINGO, RD.- El pastor evangélico Johan Manuel Castillo Ortega, quien fue encontrado culpable de agredir sexualmente a seis niñas y adolescentes en el municipio de Los Alcarrizos, fue sentenciado a Diez años de prisión.
La sentencia fue emitida por los jueces Julio de Los Santos Morla, Sandra Josefina Cruz Rosario y Clara Yoselin Rivera Franco, del Cuarto Tribunal Colegiado de Santo Domingo Oeste, luego de las pruebas mostradas por el Ministerio Público, las cuales demostraron que es culpable de los hechos que se le imputa. Los representantes del MP fueron los fiscales Sugely Valdez, Francheska Alcántara y Nicasio Pulinario
Según el expediente del órgano acusador, el Castillo Ortega usaba su fachada de religioso para llevar a cabo las fechorías en perjuicio de las víctimas que asistían a la iglesia en la que predicaba.
Además de la condena de 10 años de cárcel, los cuales tendrá que cumplir en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Najayo Hombres, en la provincia de San Cristóbal, lugar donde guardaba prisión preventiva, los togados le impusieron el pago de una multa de cien mil pesos en beneficio del Estado dominicano, así como al pago de una indemnización de un millón de pesos a favor de las víctimas.
De acuerdo con el documento, dos de las víctimas son menores de edad y cuatro actualmente son adultas, dos de ellas cumplieron la mayoría de edad durante el proceso. Una de las víctimas adultas denunció que fue agredida cuando apenas tenía siete años de edad.
El expediente acusatorio, instrumentado por la fiscal de investigación Olivia Sosa, señala que el encartado aprovechaba escenarios de vulnerabilidad para acosar, agredir e intimidar a las víctimas con manoseos en sus partes íntimas.
«El procesado también agredía sexualmente a las niñas que visitaban su casa cuando iban a jugar con sus hijas, a quienes les mostraba sus genitales, les colocaba películas pornográficas y les hacía insinuaciones indecorosas», señaló.
El Ministerio Público le otorgó al caso la calificación jurídica de violación a los artículos 330, 333 y 309-1 del Código Penal dominicano y 12, 18 y 396, literales B y C, de la Ley 136-03, que crea el Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes.