Nacionales. Miercoles, 06 de Abril, 2022
SANTO DOMINGO, RD.- Extranjeros mayores de 18 años, a quienes les hayan otorgado carnet de residencia temporal y residencia permanente o definitiva deberán solicitar cédula de identidad ante la Junta Central Electoral (JCE), previo al cumplimiento de todas las formalidades legales, asi lo ha dispuesto la Dirección General de Migración.
Precisa que la disposición fue aprobada por esta dependencia mediante una resolución dictada el 15 de marzo del 2022, firmada por su director, Enrique García.
En esta medida son exceptuados los turistas, funcionarios diplomáticos y consultares acreditados en el país que ingresen en misión oficial de sus respectivas naciones.
Base legal
La ley 285-04, general de Migración, establece en el artículo 45 que : «Los extranjeros que ingresen al país con visa de residencia solicitarán ante la Dirección General de Migración la Residencia Temporal o la Residencia Permanente, cumpliendo para ello los requisitos prescritos en la presente ley y su reglamento».
Agrega «el extranjero solicitará ante la Dirección General de Migración una prórroga de su estadía en el país, cuando el tiempo autorizado para su permanencia no le sea suficiente para agotar el proceso de solicitud de residencia».
Dicha prórroga no podrá exceder de 30 días, pero podrá ser renovada a discreción de la autoridad competente, a solicitud motivada del peticionario.
En tanto que en el artículo 35 del reglamento de aplicación de la ley de migración indica que «por mandato expreso del numeral 2 del artículo 25 de la Constitución, todo Extranjero que se encuentre en la República Dominicana y que haya sido admitido como residente permanente, está obligado a registrarse en el Libro de Extranjería que para tales fines abrirá la DGM, previo a la entrega de la residencia sea esta temporal o permanente».
El párrafo II de ese artículo, establece que «todo Extranjero, al momento de obtener su residencia temporal o permanente en el país tendrá la obligación de trasladarse a la Junta Central Electoral a los fines de hacerse expedir un Carné de Cédula de Identidad de acuerdo a las resoluciones que dicte sobre la materia la Junta Central Electoral».
Con información del Listín Diario