Nacionales. Viernes, 07 de Noviembre, 2025
DIARIO ECO/SANTO DOMINGO, RD.- El juez Rigoberto, de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional, dictó seis meses de prisión preventiva, como medida de coerción, contra José Miguel Marrero de Jesús (Toy), quien es imputado de haber golpeado y posteriormente prendido fuego a Cristian Pérez García.
¿Cuándo ocurrió el hecho?
Conforme al informe de la Procuraduría General de la Pública (PGR), el pasado 12 de octubre del presente año de Jesús sorprendió a Pérez, con quien mantenía conflictos previos, cuando retornaba a su casa alrededor de las 3:00 de la madrugada y, sin mediar palabras, le dio con un palo en la cabeza, luego le echó gasolina, prendiéndole fuego lanzándole un fósforo en el sector San Gabriel, kilómetro 9 de la Carretera Sánchez, del DN.
De igual modo, el imputado le roció insecticida para acelerar las llamas, y posteriormente vociferó a la pareja de la víctima que lo fuera a buscar “porque lo había quemado”, retirándose del lugar.
La esposa encontró gravemente herido a Pérez García, quien le informó del victimario. Luego, trasladó a la víctima al Hospital Ney Arias Lora, donde falleció a causa de las lesiones sufridas.
El informe forense indica que la víctima presentó un 18.5% de superficie corporal quemada por flama de segundo grado, superficial y profundo, distribuida en cara, cuello, tronco posterior y ambos miembros superiores.
El Ministerio Público, a través del Departamento de Investigación de Crímenes y Delitos contra la Persona de la Fiscalía del Distrito Nacional, sustentó la solicitud de prisión preventiva con múltiples elementos de prueba, entre ellos, testimonios, certificaciones médicas de la Unidad de Quemados del Hospital Ney Arias Lora, actas de levantamiento de cadáver y de arresto.
El magistrado Sena dispuso que el imputado cumpla la medida de coerción en la Penitenciaría Nacional de La Victoria y fijó para el 5 de febrero de 2025 la revisión obligatoria de la misma.
El órgano persecutor otorgó al hecho la calificación jurídica de homicidio agravado, en violación a los artículos 295, 303, 303-1 y 304 del Código Penal dominicano, y solicitó la aplicación de la medida de coerción establecida en el artículo 226, numeral 7, del Código Procesal Penal, consistente en prisión preventiva, con el propósito de garantizar la presencia del imputado durante el proceso judicial.