Nacionales. Miercoles, 06 de Agosto, 2025
DIARIO ECO/SANTO DOMINGO, RD.- Tras petición de ciudadanos de que las personas LGTB que entonaron el Himno Nacional con los versos modificados, cabe resaltar que el ultraje contra los simbolos patrios, dígase la Bandera, el Escudo y el Himno Nacional, es penalizado, según lo establece la Ley No. 210-19, que regula el uso de los mismos.
La normativa en el Artículo 37 explica que se considera ultraje (agravio) las siguientes acciones: 1) Cambiar su letra y tiempo musical; 2) Bailar mientras es interpretado; 3) Convertirlo en una pieza musical bailable; y 4) Cantarlo o hacerlo escuchar en el acto póstumo de un individuo que carezca de los atributos que figuran en el artículo 19 de la presente ley.
Respecto a las sanciones, el Artículo 39 instituye que las personas que cometan ultraje contra el uso correcto de cualquiera de los símbolos patrios serán castigadas con la pena de uno a tres meses de prisión y multa de cinco a veinte salarios mínimos del sector público.
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