Santo Domingo, 18 de Septiembre del 2024
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Nacionales. Lunes, 12 de Agosto de 2024

Ministerio Público recibe duro golpe con caso Odebrecht; insuficiencia de pruebas revoca condena

DIARIO ECO/SANTO DOMINGO, RD.- El Ministerio Público ha sufrido un duro golpe como órgano persecutor de la justicia, luego de que la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana descargara a Víctor Díaz Rúa y a Ángel Rondón, en el caso Odebrechet, revocando una condena de 5 y 8 años, dictada en en 2021, alegando insuficiencia de prueba.

La Suprema acogió el viernes un recurso de casación a favor del exministro de Obras Públicas Díaz Rúa y  Rondón, absolviéndolos de las acusaciones en su contra por el caso Odebrecht. Habían sido condenados a cinco y ocho años de prisión, respectivamente, el 14 de octubre de 2021.

Díaz Rúa y Rondón eran las únicas personas condenadas en República Dominicana por el más grande caso de corrupción administrativa que salpicó a Latinoamérica, donde la constructora brasileña admitió que pagó más de 92 millones de dólares a funcionarios dominicanos para agraciarse con obras del Estado.

El pasado viernes la alta corte determinó que el Ministerio Público no aportó las pruebas suficientes que demostrara su acusación en contra de los únicos condenados. La corte, integrada por los magistrados Francisco Antonio Jerez Mena, Nancy Salcedo Fernández, Fran Euclides Soto Sánchez y María Garabito Ramírez, señaló que el Ministerio Público no probó el destino de los fondos pagados por el supuesto soborno, valorando la tesis de Rondón, que había sido condenado a ocho años de prisi

El juzgado estableció la importancia de una reforma legal, procesal y técnica para mejorar la lucha contra la corrupción en el país y evitar que esos casos se caigan en los tribunales.

El tribunal plantea que la falta de pruebas suficientes en este caso, llama al Ministerio Público a realizar investigaciones exhaustivas y bien fundamentadas para asegurar que los responsables de actos de corrupción sean efectivamente sancionados, ya que no se puede condenar a una persona sin evidencias concretas que demuestren su culpabilidad más allá de toda duda razonable, un principio fundamental para garantizar la justicia y proteger los derechos de los acusados.

 

 

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