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A legislar los cuidados

Por: Ramieri Delgadillo S.

Opinión. Martes, 04 de Febrero, 2025

El trabajo de cuidados, tanto remunerado como no remunerado, es de vital importancia para todas sociedades, me atrevería a decir que es el motor de muchas actividades económicas que a su vez mantiene la estabilidad del país.

Factores como el crecimiento poblacional, el envejecimiento de las sociedades, las familias cambiantes (familias cambian de domicilio constantemente o en las que los progenitores que cambian de pareja), las desigualdades aún existentes que afectan las mujeres en en el mercado laboral  y las deficiencias en las políticas públicas exigen que los gobiernos, los empleadores, los sindicatos y los ciudadanos adopten medidas urgentes en lo que respecta a la organización del trabajo de cuidados.

En el caso de República Dominicana el número de hogares  que tienen como figura principal o jefe a una mujer es cada vez mayor en República Dominicana. Según datos de la El X Censo Nacional de Población y Vivienda ofrecidos por la Oficina Nacional de Estadística (ONE), de un total de  3.7 millones de hogares dominicanos, el 53.7% (1.99 millones) está encabezado por mujeres, mientras que el 46.3% (1.73 millones) está liderado por hombres. A partir de este levantamiento, se observa que los hogares liderados por mujeres tienen una mayor proporción de hombres como pareja.

Estos datos sugieren la necesidad de adaptar las políticas públicas para abordar las realidades de los hogares encabezados por mujeres y hombres de manera equitativa, tomando en cuenta las diferentes estructuras familiares que caracterizan la vida cotidiana en las zonas urbanas y rurales.

A propósito del tema, me parece oportuno resaltar una propuesta que fue presentada recientemente con el objetivo de reconocer el derecho al cuidado como un derecho autónomo representa un punto de inflexión para lograr la igualdad de género y la progresividad de los derechos humanos. Se trata del análisis titulado Legislar los cuidados” autoría de la abogada especialista en derechos humanos y derecho internacional humanitario, Melina Zaiz Ortega, en colaboración con la Fundación Fundación Friedrich Ebert, donde se presenta una propuesta para la configuración jurídica de este derecho y medidas para asegurar que todas las personas puedan acceder y ejercer su derecho a cuidar, ser cuidado y auto cuidarse en condiciones de igualdad y dignidad.

Zaiz Ortega, quien además cuenta con una amplia trayectoria de asesoría y formulación de iniciativas legislativas para la garantía de los derechos de las mujeres y niñas, expone en este trabajo la  que “para avanzar en la garantía del derecho al cuidado en República Dominicana se requiere analizar las leyes existentes y evaluar cómo estas impactan de manera diferenciada a hombres y mujeres en relación a las necesidades de cuidados y el acceso a otros derechos.”

 Esta publicación es el resultado del Proyecto “Más Derechos: fortalecimiento de las OSC y su capacidad de interlocución con decisores/as a nivel legislativo y municipal en torno a una agenda de derechos humanos.”  El Proyecto tiene como objetivo principal promover una sociedad civil inclusiva, propositiva, articulada y empoderada con reconocimiento social político y participación efectiva en la promoción, defensa y garantía de derechos humanos en República Dominicana.

Dentro de las propuestas legislativas para reconocer el derecho al cuidado en la  que expone Zaiz en miras a contribuir a la reducción de brechas jurídicas en la corresponsabilidad de los cuidados se encuentro: Reconocer el cuidado como derecho autónomo; ampliar la licencia de maternidad hasta cuatro semanas más en casos de parto prematuro; o avanzar en establecer incentivos a las empresas para habilitar espacios o salas de lactancia materna y se propone proteger legalmente la cotización por interrupción debido a labores de cuidado.

Además, recomienda la ratificación del Convenio 156 de trabajadores y trabajadoras con responsabilidad familiar, implementar el C189 OIT de Trabajo Doméstico Remunerado e incluir el cuidado como parte de los criterios para determinar el monto de las pensiones por alimentos.

No es un secreto que la mayor parte del trabajo de cuidados en todo el mundo es realizado por cuidadoras no remuneradas, en su mayoría mujeres y niñas pertenecientes a grupos socialmente desfavorecidos. Por tanto,  a través de este análisis se hace posible entender la necesidad de reconocer el cuidado como derecho autónomo, esto implica hacerlo parte del piso de protección social a través de su inclusión en una eventual reforma de la Ley de Seguridad Social.

Asimismo, es vital su reconocimiento a través de una propuesta de ley especial que establezca el reconocimiento del cuidado como derecho y la configuración del Sistema Nacional de Cuidados.

Aprovecho para  reiterar que el  trabajo de cuidados no remunerado es un factor clave para determinar si las mujeres acceden al empleo y permanecen en él, así como la calidad de los trabajos que desempeñan.

Si bien es cierto que  la prestación de cuidados puede ser gratificante, cuando se realiza en exceso y cuando conlleva un alto grado de limitaciones, éste obstaculiza las oportunidades económicas y el bienestar de las personas  cuidadoras, pero además  priva del principio general de los derechos humanos.

Es innegable que si no se afrontan de manera adecuada, los déficits actuales en la prestación de servicios de cuidado y su calidad crearán una grave e insostenible crisis del cuidado a nivel mundial y aumentarán más aún la desigualdad de género en el trabajo, que en el caso dominicano ya es preocupante.

Este análisis que fue presentado por Melina a legisladores y legisladoras  también es una  iniciativa en la que también participan Ciudad Alternativa, el Centro de Investigación para la Acción Femenina (CIPAF) y el Centro Integral para el Desarrollo (CIDEL) .

Ojalá sea la base para lograr una política pública y un marco regulatorio para aquellas personas que aportan tanto al desarrollo socioeconómico y que es lo justo. Cuidar es un trabajo.

El análisis está disponible en el siguiente enlace: https://library.fes.de/pdf-files/bueros/fescaribe/21769.pdf

 

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