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Armas no letales y conflictos viales: un llamado urgente a la responsabilidad ciudadana

Por Luis Padilla
Especialista en seguridad ciudadana

Opinión. Lunes, 04 de Agosto, 2025

El reciente suceso ocurrido en el sector Los Mameyes, en Santo Domingo Este, donde el ciudadano Ramón Flores, de 69 años, fue grabado manipulando y accionando un arma no letal en medio de una disputa vehicular, nos obliga como sociedad a reflexionar sobre el uso —y abuso— de estas herramientas de defensa personal y su impacto en la convivencia ciudadana.

Según las informaciones confirmadas por la Policía Nacional, Flores utilizó una pistola de fogueo marca Ekol Firat Magnum K, con la cual propinó cachazos y realizó un disparo al aire, acciones que, aunque no involucren munición letal, sí constituyen conductas de peligro y perturbación del orden público, tipificadas en el marco legal dominicano.

📚 Marco legal aplicable

Aunque las armas no letales no están reguladas con el mismo rigor que las armas de fuego tradicionales, su uso está sujeto a normas de convivencia, tipificaciones penales como amenazas, agresión y escándalo público, de acuerdo con el Código Penal Dominicano. En el caso de que una pistola de fogueo sea utilizada como medio de agresión física o intimidación, la ley no distingue entre “letal” y “no letal” cuando los derechos fundamentales de otro ciudadano son violentados.

Además, la Ley 631-16 sobre Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados establece restricciones generales sobre la portación de armas que causen alarma social, y deja abierta la interpretación sobre armas que, sin ser de fuego real, sean utilizadas como instrumentos de violencia.

En este sentido, el Ministerio Público tiene competencia para investigar si la conducta del señor Flores constituye una infracción penal —por ejemplo, una agresión agravada, uso indebido de objetos peligrosos o incluso alteración del orden.

⚠️ Análisis social y de seguridad

Como especialista en seguridad ciudadana, advierto que la banalización del uso de armas no letales como herramientas para resolver conflictos cotidianos constituye una amenaza directa a la paz comunitaria. Estos hechos son altamente imitables, sobre todo cuando se difunden masivamente por redes sociales sin un contexto de sanción clara.

La portación de una pistola de fogueo en plena vía pública, fuera de contextos defensivos reales, altera la percepción de seguridad y puede escalar rápidamente hacia consecuencias más graves. La sola acción de disparar al aire puede causar reacciones impredecibles, desde el pánico colectivo hasta represalias.

🛑 Llamado a la acción

Este hecho no puede pasar como “un mal momento” entre vecinos. Requiere una respuesta ejemplar del sistema judicial, unida a una política pública clara sobre las armas no letales. También exige educación vial con enfoque en resolución pacífica de conflictos. Mientras no fomentemos una cultura de diálogo y autocontrol, seguiremos viendo cómo simples diferencias en el tránsito degeneran en violencia y desorden.

Es hora de revisar las normas, fortalecer las sanciones y, sobre todo, educar a la población en la importancia de manejar conflictos con responsabilidad. El respeto a la vida, aun en medio del caos urbano, comienza con decisiones conscientes.

El reciente suceso ocurrido en el sector Los Mameyes, en Santo Domingo Este, donde el ciudadano Ramón Flores, de 69 años, fue grabado manipulando y accionando un arma no letal en medio de una disputa vehicular, nos obliga como sociedad a reflexionar sobre el uso —y abuso— de estas herramientas de defensa personal y su impacto en la convivencia ciudadana.

Según las informaciones confirmadas por la Policía Nacional, Flores utilizó una pistola de fogueo marca Ekol Firat Magnum K, con la cual propinó cachazos y realizó un disparo al aire, acciones que, aunque no involucren munición letal, sí constituyen conductas de peligro y perturbación del orden público, tipificadas en el marco legal dominicano.

📚 Marco legal aplicable

Aunque las armas no letales no están reguladas con el mismo rigor que las armas de fuego tradicionales, su uso está sujeto a normas de convivencia, tipificaciones penales como amenazas, agresión y escándalo público, de acuerdo con el Código Penal Dominicano. En el caso de que una pistola de fogueo sea utilizada como medio de agresión física o intimidación, la ley no distingue entre “letal” y “no letal” cuando los derechos fundamentales de otro ciudadano son violentados.

Además, la Ley 631-16 sobre Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados establece restricciones generales sobre la portación de armas que causen alarma social, y deja abierta la interpretación sobre armas que, sin ser de fuego real, sean utilizadas como instrumentos de violencia.

En este sentido, el Ministerio Público tiene competencia para investigar si la conducta del señor Flores constituye una infracción penal —por ejemplo, una agresión agravada, uso indebido de objetos peligrosos o incluso alteración del orden.

⚠️ Análisis social y de seguridad

Como especialista en seguridad ciudadana, advierto que la banalización del uso de armas no letales como herramientas para resolver conflictos cotidianos constituye una amenaza directa a la paz comunitaria. Estos hechos son altamente imitables, sobre todo cuando se difunden masivamente por redes sociales sin un contexto de sanción clara.

La portación de una pistola de fogueo en plena vía pública, fuera de contextos defensivos reales, altera la percepción de seguridad y puede escalar rápidamente hacia consecuencias más graves. La sola acción de disparar al aire puede causar reacciones impredecibles, desde el pánico colectivo hasta represalias.

🛑 Llamado a la acción

Este hecho no puede pasar como “un mal momento” entre vecinos. Requiere una respuesta ejemplar del sistema judicial, unida a una política pública clara sobre las armas no letales. También exige educación vial con enfoque en resolución pacífica de conflictos. Mientras no fomentemos una cultura de diálogo y autocontrol, seguiremos viendo cómo simples diferencias en el tránsito degeneran en violencia y desorden.

Es hora de revisar las normas, fortalecer las sanciones y, sobre todo, educar a la población en la importancia de manejar conflictos con responsabilidad. El respeto a la vida, aun en medio del caos urbano, comienza con decisiones conscientes.

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