Opinión. Martes, 16 de Enero de 2024
Algunos acontecimientos violentos registrados en la República Dominicana, en los últimos días, son dignos de reflexión de toda la sociedad, pero sobre todo, deberían servir para traer al debate público la polémica e inevitable reforma al Código Procesal Penal de la nación, que tantos baches tiene.
Y por hechos me refiero a la desgarradora muerte de un menor de ocho años en Verón Punta Cana, provincia La Altagracia, quien habría sido torturado y mutilado a manos de su tía.
Y es que la confesa homicida, identificada como Carmén Jiménez, habría admitido que por varios días a su sobrino de ocho años de edad, a quien le provocó 147 heridas; producto de latigazos, quemaduras en la boca, mutilación, extracción de dientes, signos de violencia sexual y cortaduras que fueron hechas con un cuchillo y un machete.
De acuerdo a la confesión de Jiménez el menor «molestaba y rompía ajuares del hogar» y por eso, además, lo amarraba con cables.
Pero además, también me refiero al caso donde una mujer, en una visita a su pareja sentimental en el centro de Retención de Concepción en La vega, fue ultimada por su conyugue, quien cumple prisión preventiva en en esa reclusión, por presunto homicidio y asociación de malhechores.
Casandra Carmelina Castillo Santiago, de unos 25 años, fue asesinada a manos de su victimario, Gregorio Matos Carrasco, alias Papito Forever, de 29.
Pero dado que en el país no existe la acumulación de pena, este sujeto aunque sea culpable de dos homicidos, solo pagará por uno.
Es decir que, si Papito Forever es culpable del homicidio porque que guarda prisión preventiva y ahora del asesinato de su pareja, de igual manera solo pagara por una muerte.
Una pena de 30 años de prisión, que es la máxima sentencia establecido en el Código Procesal Penal de la República Dominicana, no es suficiente castigo para quienes cometen este tipo de barbarie.
Pero en el país ocurren incontables hechos similares a estos, y el debate sobre la imperiosa modifican a esta ley se vuelve más largo.