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FP critica iniciativa de reforma a la Ley de Función Pública propuesta por el Gobierno

Política. Miercoles, 18 de Mayo, 2022

SANTO DOMINGO, RD.- Mediante una declaración conjunta de las secretarías de Reforma de la Administración Pública, y de Asuntos Jurídicos de la Fuerza del Pueblo, el partido Fuerza del Pueblo (FP), criticó este miércoles la propuesta de reforma a la Ley de Función Publica presentada por el Gobierno dominicano.

La organización política manifestó que dicha iniciativa atenta contra la carrera administrativa de los servidores públicos, al promover una lesiva modificación a la Ley 41-08, de Función Pública.

Expusieron que esta «conspira contra el proceso de profesionalización de la burocracia estatal y debilita el sistema de protección a la carrera administrativa vigente, y que es consistente con lo que dispone el artículo 145 de la Constitución de la República».

Gisela Romero y Raúl Martínez, titulares de las secretarías de Reforma de la Administración Pública y de Asuntos Jurídicos de la Fuerza del Pueblo, respectivamente, explicaron en el documento, que en ocasión del «Diálogo por las Reformas para el Fortalecimiento Institucional y la Gestión Eficiente del Estado», desarrollado por iniciativa del Gobierno a través del Consejo Económico y Social (CES), la administración del presidente Luis Abinader y del Partido Revolucionario Moderno (PRM) han dado a conocer una serie de propuestas de legislación, entre las cuales se incluye una que «pretende modificar la Ley número 41-08 de Función Pública».

La organización que preside Leonel Fernández, basó sus consideraciones al señalar varios de los puntos de la proyectada reforma a la Ley 41-08 de Función Pública, que la FP ha estimado lesivos, considerando que «una eventual aprobación asestaría un golpe demoledor al proceso de modernización de la Administración Pública dominicana, lesionando los derechos de los servidores públicos de carrera».

 

En el anteproyecto de Ley presentado por el Gobierno, se suprime de un plumazo el párrafo del artículo 23 de la Ley número 41-08, el cual reza de la manera siguiente: «Los funcionarios públicos de carrera sólo perderán dicha condición en los casos que expresamente determina la presente ley, previo cumplimiento del procedimiento administrativo correspondiente y formalizado mediante acto administrativo».

El cese contrario a derecho se saldará con la reposición del servidor público de carrera en el cargo que venía desempeñando, y el abono de los salarios dejados de percibir.