×
ECO PLAY TRABAJOS DE INVESTIGACIÓN PROVINCIAS CONTÁCTENOS

Pérdidas, subsidios y facturas infladas: la ineficiencia que paga el usuario

Nacionales. Tuesday, 08 de September, 2026

Cada mes crecen las quejas de usuarios cuya factura sube 50%, 80% o se duplica sin que hayan comprado equipos nuevos ni cambiado hábitos. Aquí hay que ser claro: una factura alta no está necesariamente mal, pero tampoco es correcta por el solo hecho de que la emitió la distribuidora. En electricidad todo se mide y todo se comprueba.

Las causas técnicas de una sobre facturación son identificables y conocidas: acumulación de lecturas estimadas regularizadas en un solo ciclo, error de lectura, cambio de medidor sin registrar la lectura de retiro, factor de multiplicación mal aplicado en suministros con transformadores de corriente, reclasificación tarifaria sin notificación, ciclos de facturación mayores a 31 días, o degradación del propio equipo de medición. Cuando una EDE responde “eso fue lo que usted consumió” sin exhibir lectura anterior, lectura actual, fecha y evidencia, no está respondiendo: está afirmando.

El marco legal del sector eléctrico existe y es preciso. El artículo 447 del Reglamento de Aplicación de la Ley 125-01 obliga a la Empresa de Distribución a entregar al cliente el comprobante de la reclamación, lo solicite o no. Los usuarios tienen derecho a recibir respuestas oportunas. Según los artículos 447 y 448 del Reglamento de la Ley General de Electricidad, una reclamación comercial ante la distribuidora debe resolverse de inmediato y en un máximo de diez días cuando requiera una inspección técnica. Si el caso pasa a PROTECOM, la distribuidora deberá rendir su informe en dos o tres días laborables cuando no sea necesaria una visita, en diez días si esta se requiere.

Hay un derecho que mucha gente desconoce y que cambia la relación de fuerzas. El artículo 446 establece que, para evitar la suspensión durante una reclamación, el cliente abona el promedio de las últimas tres facturaciones pagadas, sin incluir la factura reclamada; y si no tiene histórico, el 33% de la factura objeto del reclamo. Ese abono no es condición para reclamar. Quien paga completa una factura que considera incorrecta, por miedo al corte, debilita su propio expediente.
Añado un dato que casi nadie menciona: la Ley 125-01 dispone que cuando el servicio se suspende por falta de pago y el usuario tiene documentación de estar al día, la empresa debe compensar los daños con tres veces el valor por el cual tomó esa determinación. Eso no es un favor: es responsabilidad legal.

Pero el problema de fondo no es el usuario. Es el desempeño de las distribuidoras, y las cifras son demoledoras.
PERDIDAS, PERDIDAS Y MÁS PERDIDAS ELÉCTRICAS.
Las pérdidas de distribución se estimaron en 37.6% en 2024, unos US$1,159 millones, entre los niveles más altos de toda la región. Hoy se ubican entre 44% y 45%, con casos que superan el 60%. EdeEste encabeza con 56% de pérdidas y apenas 41% de recuperación de ingresos. Al 30 de junio de 2026 las EDE habían consumido RD$68,744 millones del subsidio, el 74.3% de los RD$92,475.8 millones presupuestados para todo el año; en 2025 el gasto cerró en RD$105,849.1 millones.

Y el dato que cierra el argumento: en el primer trimestre de 2026 los gastos operativos de las tres distribuidoras crecieron 2.3%, mientras las inversiones —las que reducen pérdidas— cayeron 15.8%.
Es decir: gastan más, invierten menos en medición y red, y el déficit lo cubre el contribuyente. Ese es el punto que ninguna campaña de cobranza puede tapar. El cliente que paga puntualmente no puede ser la variable de ajuste de una ineficiencia que no generó.

Técnicamente no hay excusa para la opacidad. Cualquier usuario debería poder ver desde su teléfono lectura anterior, lectura actual, fecha de lectura, consumo histórico de 12 meses y la evidencia fotográfica de la lectura facturada. Y el sistema comercial debería generar alerta automática antes de emitir una factura que se desvíe más de un umbral definido del promedio del cliente. Eso es control comercial elemental, no innovación.

PROTECOM también debe rendir cuentas públicas y periódicas: reclamaciones recibidas por EDE, porcentaje correspondiente a alta facturación, tiempo real de resolución frente al plazo reglamentario, y proporción de casos fallados a favor del usuario. Un órgano de protección que no publica sus indicadores no genera confianza; genera trámite.

No estamos promoviendo que nadie deje de pagar. El que consume energía debe pagarla, y el fraude eléctrico está tipificado y debe perseguirse. Pero con la misma firmeza: la distribuidora tiene la obligación de medir correctamente y de probar lo que cobra.
Las EDE necesitan reducir pérdidas y mejorar cobranza. De acuerdo. Pero esa eficiencia debe empezar por sus medidores, sus lecturas, sus sistemas comerciales y sus inversiones — no por el bolsillo del cliente que ya paga.

En electricidad la exigencia es simple: dígame cuánto consumí, enséñeme la lectura y demuéstreme por qué me cobra ese dinero.


 Wilson Castillo
Ingeniero Electromecánico

Consultor del Sector EnergéticoIng.