Entretenimiento. Martes, 17 de Diciembre de 2024
DIARIO ECO/ESPAÑA.- A dos años y un mes de prisión fue sentenciado el cantaor flamenco Ramón J.S., artísticamente conocido como Diego El Cigala.
El cantante fue condenado este martes por una magistrada de Jerez de la Frontera (Cadiz) tras ser encontrado culpable de violencia de género. El Cigala es acusado de agredir en varias ocasiones a su ex mujer, de acuerdo con el dictamen difundido por la oficina de prensa del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). El fallo no es firme y puede ser recurrido ante la Audiencia de Cádiz.
Una de las embestidas aconteció en un hotel de Jerez, donde le propinó una cachetada en la cara; otra pasó en el hotel de Palafrugell (Girona), cuando El Gigala le dio un empujón a su ex pareja, provocando que cayera al suelo, y «estando tirada en el suelo, el acusado le siguió dando golpes y patadas por el cuerpo».
La condena de dos años y un mes de cárcel se fija por un primer delito de malos tratos en el ámbito de la violencia sobre la mujer, en relación a la agresión cometida en el hotel de Jerez. Por ella, le impone seis meses de prisión y la prohibición de comunicarse y aproximarse a su exmujer a menos de 200 metros de ella por un plazo de dos años.
Asimismo, penaliza al investigado por un segundo delito de malos tratos en el ámbito de la violencia sobre la mujer por una agresión ocurrida en un hotel de Palafrugell y le impone ocho meses de cárcel y la prohibición de comunicarse y aproximarse a menos de 200 metros de su expareja por un plazo de dos años.
La jueza también sentencia al acusado por un delito de malos tratos agravado en el ámbito de la violencia sobre la mujer, por la agresión cometida en la casa de Jerez en la que estaban conviviendo, y fija en este caso una pena de once meses de prisión y la prohibición de comunicarse y aproximarse a menos de 200 metros de ella por un plazo de dos años, una agravación que aplica porque los hechos ocurrieron en presencia de los hijos en el domicilio familiar.
Además, lo condena por un delito leve y continuado de vejaciones en el ámbito doméstico y le impone 25 días de localización permanente, siempre en domicilio diferente y alejado del de la víctima, y la prohibición de comunicarse y aproximarse a menos de 200 metros de la víctima por un plazo de seis meses.
Fuente: El Mundo