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Ley que crea «Alertas RD» elimina regla de esperar 24 horas para activar búsqueda de desaparecidos 

Nacionales. Friday, 05 de June, 2026

DIARIO ECO/SANTO DOMINGO, RD.- Ciudadanos han aplaudido la promulgación de la Ley 25-26, que crea y regula el funcionamiento de la Alerta Nacional para la Búsqueda de Personas Desaparecidas en la República Dominicana, denominada oficialmente como «Alertas RD».

El presidente Luis Abinader promulgó la normativa el pasado miércoles 3 de junio de 2026. La misma dota al Estado de un régimen jurídico coordinado agil para dar una respuesta rapida ante casos de desaparición, dando importancia a la dignidad humana y la protección de los sectores vulnerables.

De acuerdo con la comunicación publicada en el portal de la Presidencia de la República , el nuevo marco legal tiene como objeto el diseño de un mecanismo de difusión masiva, inmediata y en tiempo real de información relevante sobre personas desaparecidas, integrando los esfuerzos de las instituciones estatales, los medios de comunicación y la sociedad civil.

Activación inmediata y clasificación de alertas

La Ley 25-26 dictamina que la Policía Nacional o el Ministerio Público, tras valorar la denuncia (que podrá ser interpuesta de manera presencial o vía telefónica), deberán activar el sistema de alarmas de manera conjunta e inmediata, sin que transcurran más de 24 horas desde el reporte de desaparición o situación de peligro inminente.

La ley establece una tipificación especializada de las alertas según el perfil de la persona afectada:

Alerta Amber: Exclusiva para la sustracción o desaparición de niños, niñas y adolescentes.

Alerta Silver: Destinada a la localización de adultos mayores de 65 años.

Alerta Azul: Aplicable en casos de desaparición de personas que presenten alguna discapacidad física o mental.

Alerta Rosa: Activada específicamente para mujeres en contextos de violencia de género o trata de personas.