Nacionales. Thursday, 23 de July, 2026
DIARIO ECO/SANTO DOMINGO, RD.- El Tribunal Superior Electoral (TSE) se declaró incompetente para conocer el recurso presentado contra la Resolución núm. 14-2026 de la Junta Central Electoral (JCE), que regula el registro de firmas encuestadoras y la publicación de encuestas en materia electoral, por considerar que el caso corresponde al ámbito del control concentrado de constitucionalidad.
Mediante la sentencia TSE/0025/2026, el tribunal dispuso remitir el expediente al Tribunal Constitucional, al determinar que la impugnación presentada por la entidad Justicia Sin Fronteras, Inc. cuestiona la constitucionalidad de disposiciones contenidas en el artículo décimo tercero del reglamento aprobado por la JCE el pasado 22 de mayo. Los jueces señalaron que esa atribución corresponde exclusivamente al Tribunal Constitucional, conforme a la Ley 137-11.
La decisión fue adoptada por los magistrados Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, presidente del TSE, junto a Fernando Fernández Cruz y Rafaelina Peralta Arias. Además, el tribunal ratificó la fusión de los expedientes TSE-01-0013-2026 y TSE-01-0014-2026 por la relación entre las partes y los asuntos tratados.
Asimismo, declaró inadmisible la solicitud de medidas cautelares presentada por la parte accionante, al entender que, tras la declinatoria del caso, dicha petición quedó sin objeto. La sentencia será notificada a las partes y publicada en el portal institucional y en el Boletín Contencioso Electoral.